Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso que la anterior corporación municipal de Valencia presentó contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana del pasado 21 de noviembre de 2022 y que anulaba las limitaciones del Plan Especial de Protección de Ciutat Vella a las viviendas de uso turístico. VIUTUR se muestra satisfecha por el aval del Supremo a su actividad, y propone a la nueva corporación una mesa de diálogo para conseguir de una vez por todas una Ordenanza sobre el sector.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso que la anterior corporación municipal de Valencia presentó contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana del pasado 21 de noviembre de 2022 y que anulaba las limitaciones del Plan Especial de Protección de Ciutat Vella a las viviendas de uso turístico. El tribunal argumenta falta de fundamentación y la existencia de jurisprudencia, los dos argumentos que alegó VIUTUR, la Asociación de Viviendas de Uso Turístico de Valencia.

El Supremo exige, como VIUTUR defiende históricamente, que se mantenga la actividad de uso turístico a las viviendas que tengan el correspondiente número de registro turístico, impidiendo el intrusismo en el sector. Además, en las alegaciones que también presentaron a la posterior modificación del PEP de abril de 2023 con la que el Ayuntamiento quiso eludir la sentencia del TSJ, la Asociación de Viviendas de Uso Turístico de Valencia recordaba la validez de todas las VUT con licencia de primera ocupación, y de las que obtuvieron su inscripción en el Registro de Turismo antes de la entrada en vigor de la Ley de turismo del 2018 y quedaron exentas del informe de compatibilidad urbanística que se exigió tras la aprobación de la Ley.

En las citadas alegaciones, VIUTUR pedía la nulidad de la última modificación del PEP ya que sólo permitía las viviendas de uso turístico en edificios exclusivos, lo que incrementaría todavía más la inseguridad jurídica de las actuales viviendas de uso turístico, sólo permitiéndolas en una tipología constructiva que, en la práctica, se define en la normativa sectorial como bloques de apartamentos.

VIUTUR considera, además, que la modificación es nula de pleno derecho al tratarse de un claro ejemplo de actos y disposiciones contrarios al pronunciamiento de una sentencia, que se dictaron con la finalidad de eludir su cumplimiento.

Después de haber desmontado los motivos de la limitación: pérdida de tejido residencial, el aumento del precio de la vivienda en alquiler, y el impacto social y encarecimiento del nivel de vida de los habitantes, VIUTUR propone al nuevo consistorio una mesa de diálogo para reconocer las VUT inscritas en el Registro de Turismo con anterioridad a Ley de Turismo de junio de 2018, y luchar contra el intrusismo, la competencia ilegal, y el alojamiento turístico sin control, con una serie de medidas que garanticen el turismo responsable y sostenible.

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